Horarios de Atención: Lunes a Viernes, 7:00 a.m. – 7:00 p.m.
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La RTM y de EC, son un procedimiento obligatorio que utilizan las autoridades para saber si los vehículos poseen las condiciones mecánicas óptimas.
El SOAT es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Un seguro de protección para todas las víctimas de accidentes de tránsito.
Servicio especializado que verifica el estado técnico, mecánico, estructural y estético de un vehículo, ofreciendo un diagnóstico claro y confiable.
CDA Diesel Full S.A.S fue fundada en noviembre de 2.006, gracias a los esfuerzos de un grupo de empresarios y emprendedores del área metropolitana. Luego de un periodo de trámites inició operaciones el 02 de agosto 2.007 cuando fue emitida la habilitación por el Ministerio De Transporte y la certificación IMIS de ICONTEC para la revisión técnico mecánica de vehículos livianos; con el ánimo de mejorar y ampliar nuestros servicios ofrecemos, SOAT y revisión preventiva para toda clase de vehículos, estamos en el Centro de Pereira.
En CDA Diesel Full S.A.S, facilitamos tu experiencia al aceptar una amplia variedad de medios de pago. Ya sea con tarjetas de crédito, débito, transferencias bancarias o pagos en efectivo, te ofrecemos comodidad y flexibilidad.
La REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES (RTM Y EC), se define como la evaluación de la conformidad de un vehículo automotor en uso con respecto a los requisitos especificados por norma o en los requisitos legales, aplicando procesos de inspección sensorial y mecanizada.
El proceso de RTM Y EC es una exigencia legal determinada por la ley 769 del año 2002, también conocido como CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO, en el cual es importante resaltar los siguientes artículos de interés:
Examen que se realiza por personal competente según requerimientos especificados mediante percepción sensorial de los elementos del vehículo con la ayuda…
Revisión que se realiza cuando sea aplicable y según el tipo de vehículo que se inspecciona, con la ayuda de los equipos y métodos establecidos en la NTC 5385 o la norma que la actualice o reemplace.
En CDA Diesel Full S.A.S, contamos con más de 17 años de experiencia ofreciendo servicios de inspección técnico mecánica de alta calidad.
Fundados en 2006, hemos consolidado nuestra posición en el mercado gracias a la experiencia acumulada a lo largo de los años.
Nos destacamos por nuestra meticulosa atención a los detalles. Cada vehículo que pasa por nuestras instalaciones es inspeccionado minuciosamente.
Nuestro principal objetivo es la satisfacción total de nuestros clientes. Desde el primer contacto hasta la finalización del servicio.
ExcelenteA base de 881 reseñas
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Hader Vargas2024-06-28Muy buena atención y servicio.Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
MAURICIO SALINAS2024-05-31Gestionan adecuadamenteTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Yessica Perez2024-05-10Excelente servicio, super rápidoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Jero Trejos2024-05-07Exelente servicio,el personal muy atento desde el area de financiación asta el área donde le entregan el certificado, la persona que se encarga del aseo me parece con mucho sentido de pertenencia a pesar que esta en sus labores esta atenta para direccionar alas personas a alguna area del CDA. las instalaciones exelentes todo muy limpio.super recomendado.
La REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES (RTM Y EC), se define como la evaluación de la conformidad de un vehículo automotor en uso con respecto a los requisitos especificados por norma o en los requisitos legales, aplicando procesos de inspección sensorial y mecanizada.
El proceso de RTM Y EC es una exigencia legal determinada por la ley 769 del año 2002, también conocido como CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO, en el cual es importante resaltar los siguientes artículos de interés:
Artículo 28 – Ley 769 de 2002. Modificado por el artículo 8 de la Ley 1383 de 2010.
Para que un vehículo pueda transitar por el territorio nacional, debe garantizar como mínimo un perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y el sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos y cumplir con las normas de emisiones contaminantes que establezcan las autoridades ambientales.
Artículo 50 – Ley 769 de 2002. Modificado por el artículo 10 de la Ley 1383 de 2010.
Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad.
Artículo 51 – Ley 769 de 2002. Modificado por el artículo 11 de la Ley 1383 de 2010 y por el artículo 201 del Decreto 019 de 2012.
Salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, todos los vehículos automotores, deben someterse anualmente a revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes.
Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula
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